Aprovecha el Programa Moves III para instalar infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en la Comunitat Valenciana

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Introducción al Programa Moves III en la Comunitat Valenciana Ayudas recargas vehículos eléctricos

 

El Programa Moves III Infraestructuras es una iniciativa financiada por la Unión Europea – NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. El principal objetivo de este programa es fomentar la adopción de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en la Comunitat Valenciana, lo que contribuirá a la reducción de emisiones de CO2, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de fuentes energéticas en el transporte.

 

¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas del Programa Moves III?

 

Las personas y entidades que pueden solicitar estas ayudas incluyen:

  • Profesionales autónomos registrados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (con algunas excepciones).
  • Personas físicas mayores de edad (o menores de edad con discapacidad).
  • Comunidades de propietarios.
  • Personas jurídicas y otras entidades con o sin personalidad jurídica (según el NIF).
  • Entidades locales y el sector público institucional (bajo ciertas condiciones).

Tipos de actuaciones subvencionables

 

El programa apoya la adquisición e instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos. También se subvencionan las canalizaciones necesarias para disponer de la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones en comunidades de propietarios.

Los sistemas de recarga pueden ser de acceso público o privado y destinarse a diversos usos, como el sector residencial, aparcamientos públicos, centros comerciales, hospitales, universidades, polígonos industriales, empresas privadas y públicas, y estaciones de servicio y gasolineras.

Requisitos técnicos de los sistemas de recarga

 

Los sistemas de recarga deben cumplir con ciertos requisitos técnicos y normativos, como la conexión a redes de baja tensión, protecciones eléctricas, declaración CE y disponibilidad de conectores adecuados. Además, para recargas de acceso público, se deben garantizar condiciones de uso abiertas, transparentes y no discriminatorias, y asegurar la operatividad del punto durante al menos cinco años.

Los sistemas de recarga se clasifican según su potencia en vinculados, convencionales, semirrápidos, rápidos y ultra rápidos.

Presentación de solicitudes y plazos

 

Las solicitudes para el Programa Moves III Infraestructuras en la Comunitat Valenciana se pueden presentar desde el 8 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Si estás interesado en instalar una infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en la Comunitat Valenciana, no pierdas esta oportunidad de beneficiarte de las ayudas del Programa Moves III. ¡Contacta con GSS Power hoy mismo para obtener un presupuesto a medida y comenzar a disfrutar de las ventajas de la movilidad eléctrica!

Beneficios de la movilidad eléctrica y la infraestructura de recarga

 

Además de ser una opción más respetuosa con el medio ambiente, la movilidad eléctrica ofrece diversos beneficios tanto para los usuarios como para las empresas y comunidades:

  • Ahorro económico: Los vehículos eléctricos tienen costos de mantenimiento y funcionamiento más bajos que los vehículos de combustión interna. Con el aumento en la infraestructura de recarga, los conductores podrán cargar sus vehículos de manera más eficiente y asequible.
  • Mejora de la calidad del aire: La adopción de vehículos eléctricos ayuda a reducir las emisiones de gases contaminantes y mejorar la calidad del aire en zonas urbanas, lo que beneficia a todos los ciudadanos.
  • Reducción de la dependencia del petróleo: Al diversificar las fuentes de energía utilizadas en el transporte, se reduce la dependencia de los productos petrolíferos y se fomenta la adopción de energías renovables.
  • Estímulo económico local: El desarrollo de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos impulsa la creación de empleo y la inversión en tecnologías limpias en la Comunitat Valenciana.

gss power cargando coche eléctrico

Pasos para solicitar las ayudas del Programa Moves III

 

Si estás interesado en solicitar las ayudas del Programa Moves III para la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, sigue estos pasos:

  • Revisa los requisitos de elegibilidad: Asegúrate de que cumples con los requisitos de elegibilidad mencionados anteriormente, según tu situación y tipo de entidad.
  • Prepara la documentación necesaria: Recopila la información y documentación requerida, como el presupuesto del proyecto, datos de contacto, descripción de las actuaciones, y cualquier otra información relevante.
  • Presenta la solicitud: Envía la solicitud a través del portal del IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) durante el período de presentación de solicitudes mencionado.
  • Espera la respuesta: Una vez presentada la solicitud, el IVACE evaluará tu proyecto y te informará si has sido seleccionado para recibir las ayudas.
  • Realiza las actuaciones subvencionables: Si eres seleccionado, deberás llevar a cabo las actuaciones apoyables según lo descrito en tu solicitud y cumplir con los requisitos técnicos establecidos.
  • Justifica la inversión: Tras completar las actuaciones, deberás justificar la inversión realizada ante el IVACE para recibir el pago de las ayudas.

En GSS Power, estamos comprometidos con la promoción de la movilidad eléctrica y la sostenibilidad. Si tienes alguna pregunta sobre el Programa Moves III o necesitas ayuda para llevar a cabo tu proyecto de infraestructura de recarga, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por formulario de contacto o mediante el chat online. Estaremos encantados de asesorarte y ofrecerte soluciones personalizadas para tus necesidades.

Los límites de ayuda en función del beneficiario son los siguientes:

 

  • Particulares: hasta 5.000 € por expediente
  • Empresas, administraciones y comunidades de propietarios: hasta 800.000 € por expediente
  • Autónomos: límite establecido por el reglamento de «mínimis», que no podrá exceder de 200.000 € en el ejercicio actual y los dos anteriores. Para autónomos que realicen actividades de transporte de mercancías por cuenta ajena (epígrafe 722 del IAE), el límite es de 100.000 €

En ningún caso, un mismo destinatario podrá recibir más de 2,5 millones de euros (2,5 M€) durante la vigencia de esta convocatoria.

Inversión elegible

 

Los proyectos pueden incluir los siguientes conceptos como inversión elegible:

  • Costes de la infraestructura de recarga, instalación o actualización de elementos eléctricos, conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación, y acometida de media tensión necesarios para conectar la infraestructura de recarga a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad.
  • Costes de la unidad de producción renovable o almacenamiento local para generar o almacenar energía eléctrica, siempre que estén exclusivamente dedicados al punto de recarga y se consideren parte de la estación de recarga. No serán elegibles unidades de producción de energía renovable conectadas a la red, aunque estén vinculadas parcialmente al punto de recarga.
  • Sistema de pago integrado en la estación de recarga, señalización de las estaciones de recarga y sistema de gestión, control y seguridad.
    Obra civil, adecuación de terrenos o carreteras, costes de instalación y costes por permisos relacionados y necesarios.
  • Costes de ingeniería y dirección de obra.
  • En el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de propiedad horizontal, será subvencionable la preinstalación eléctrica para la recarga de vehículos eléctricos, incluyendo una conducción principal por zonas comunitarias y posibilitando derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento, tal como se describe en el apartado 3.2 de la ITC BT-52 del Reglamento electrotécnico para baja tensión. También serán elegibles los sistemas de gestión de carga de vehículos eléctricos, instalaciones de telecomunicaciones, internet, 3G, 4G o sistemas similares que permitan garantizar una carga inteligente que minimice las necesidades de aumento de la potencia eléctrica contratada.
  • IVA soportado, siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación.

Proceso de solicitud y plazos

 

Para solicitar la ayuda, los interesados deben presentar su solicitud a través de la plataforma online habilitada por la entidad encargada de gestionar las ayudas en su respectiva comunidad autónoma o región. Es fundamental revisar los requisitos específicos y plazos de presentación de solicitudes en cada caso, ya que pueden variar según la convocatoria regional.

cuidado del medio ambiente cargando coche eléctrico

Documentación requerida

Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación, entre otros documentos que puedan ser requeridos por la entidad gestora:

  • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
  • Fotocopia del DNI o NIE del solicitante, en caso de particulares, o del representante legal, en caso de empresas, administraciones y comunidades de propietarios.
  • En caso de empresas y autónomos, documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Mercantil o en el registro correspondiente.
  • Memoria técnica del proyecto, que incluya una descripción detallada de la instalación, elementos a instalar, ubicación, características técnicas y presupuesto desglosado.
  • Justificante de la titularidad del inmueble donde se instalará la infraestructura de recarga, o bien, en su defecto, autorización del propietario para realizar las obras e instalaciones correspondientes.
  • En caso de instalaciones en aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios de propiedad horizontal, acta de la Junta de Propietarios que autorice la ejecución de las obras.

Pago de las ayudas y seguimiento

 

Una vez aprobada la solicitud y cumplidos los requisitos, los beneficiarios recibirán la ayuda en forma de subvención a fondo perdido. El pago se realizará según los términos establecidos en la convocatoria y en función de la disponibilidad presupuestaria. Es importante tener en cuenta que el beneficiario deberá aportar justificantes de las inversiones realizadas y que las instalaciones serán objeto de seguimiento y control por parte de la entidad gestora.

Conclusiones

El impulso a la movilidad eléctrica es fundamental para alcanzar los objetivos de sostenibilidad y reducción de emisiones contaminantes. Las ayudas y subvenciones para la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos son una herramienta clave para fomentar la adopción de este tipo de movilidad y facilitar el acceso a puntos de recarga en todo el territorio. Es importante estar atento a las convocatorias y cumplir con los requisitos y plazos establecidos para poder acceder a estas ayudas y contribuir a la expansión de la movilidad eléctrica en nuestro país.

Criterios de concesión de las ayudas

Las ayudas se otorgarán siguiendo el criterio del momento de presentación de las solicitudes. Estas serán resueltas en función del orden de formalización y completitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la convocatoria.

Si el presupuesto disponible se agota antes del final del programa, las solicitudes presentadas hasta la fecha límite podrán ser registradas en una lista de reserva provisional. Estas solicitudes serán atendidas por estricto orden de llegada en caso de desestimaciones, desistimientos, renuncias o revocaciones que liberen presupuesto, o si se aumenta o reajusta la distribución presupuestaria según lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria. Pasada la fecha de cierre del programa, no se registrarán más solicitudes de reserva, aunque se libere crédito presupuestario posteriormente.

Proceso de solicitud y documentación requerida

 

Para presentar la solicitud y la documentación necesaria, se debe seguir el siguiente proceso:

  • Rellenar el impreso de solicitud normalizado, que se generará a través de la aplicación web accesible desde esta página y desde la página web del IVACE (http://www.ivace.es).
  • Preparar una memoria técnica del proyecto, firmada por un técnico competente, siguiendo el modelo proporcionado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
  • Presentar la documentación complementaria de carácter administrativo. Los documentos requeridos dependerán del tipo de solicitante (particular, autónomo, empresa, entidad del sector público, etc.), tal como se indica en el artículo 10 de la convocatoria de ayudas.
    Presentar el resto de documentación especificada en el artículo 10 de la convocatoria.
  • Las solicitudes, junto con la memoria técnica, deben presentarse ante el Registro Telemático de la Generalitat, que emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por el interesado, de acuerdo con el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.
  • Una vez completado el formulario de solicitud a través del trámite telemático, se deberá adjuntar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico y, si corresponde, el resto de documentación.

Cofinanciación con fondos europeos

 

Las ayudas de esta convocatoria podrán ser cofinanciadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Por tanto, se deberán cumplir todas las normas dictadas al respecto, en particular las relativas a la difusión y publicidad.

Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento en la Comunitat Valenciana, a menos que se justifique que el vehículo a adquirir no cuenta con un punto de venta en la Comunitat Valenciana.

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